Derecho Marítimo y Doctrina SEMAR • 8 min de lectura • Actualizado 2026

CONVEMAR y las 5 Zonas Marinas Mexicanas (Ley Federal del Mar)

Guía de estudio doctrinal actualizada para 2026 sobre los espacios marítimos de soberanía nacional conforme a la CONVEMAR (1982), el Artículo 3 de la Ley Federal del Mar y la infraestructura marítima bajo control de la Secretaría de Marina (SEMAR).

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Síntesis para Examen Naval 2026

Datos Clave del Poder Marítimo Mexicano

5 Zonas Marinas Reconocidas por el Art. 3 de la Ley Federal del Mar y la CONVEMAR.
1 MN = 1,852 m 12 MN (Mar Territorial), 24 MN (Zona Contigua) y 200 MN (ZEE).
5 Marinas SEMAR Infraestructura portuaria turística transferida al sector Marina.

1. ¿Cuáles son las 5 Zonas Marinas Mexicanas? (Ley Federal del Mar y CONVEMAR)

La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), firmada en Montego Bay, Jamaica, el 10 de diciembre de 1982, es conocida como la «Constitución de los Océanos». En armonía con ella y con los artículos 27 y 42 de la Constitución Política, el Artículo 3 de la Ley Federal del Mar establece exactamente 5 zonas marinas mexicanas donde la Armada de México ejerce vigilancia y soberanía:

# Zona Marina Mexicana Extensión Oficial Régimen de Soberanía y Jurisdicción
1 Aguas Marinas Interiores Entre la costa y las líneas de base Soberanía absoluta idéntica al territorio terrestre (bahías, puertos, arrecifes, estuarios y parte norte del Golfo de California). No aplica paso inocente automático.
2 Mar Territorial Hasta 12 millas náuticas (22.224 km) Soberanía plena sobre columna de agua, lecho, subsuelo y espacio aéreo suprayacente, sujeta únicamente al derecho de Paso Inocente.
3 Zona Contigua Hasta 24 millas náuticas (44.448 km) Contada desde las líneas de base (12 MN adicionales al Mar Territorial). La SEMAR ejerce fiscalización aduanera, fiscal, migratoria y sanitaria.
4 Zona Económica Exclusiva (ZEE) Hasta 200 millas náuticas (370.4 km) Derechos de soberanía para exploración, explotación, conservación y administración de recursos naturales vivos y no vivos, energía e islas artificiales (3.1 millones de km² en México).
5 Plataforma Continental y Plataformas Insulares 200 MN o borde exterior (hasta 350 MN) Derechos exclusivos e inherentes sobre el lecho y subsuelo submarino para hidrocarburos, minerales y especies sedentarias (ej. Hoyo de Dona en el Golfo de México).

2. ¿Qué son las «5 Marinas SEMAR 2026»? (Infraestructura Portuaria y Turística)

En consultas recientes sobre 5 marinas SEMAR 2026, además de las 5 zonas marinas jurídicas, muchos aspirantes y usuarios buscan las 5 escalas y marinas turísticas estratégicas que pasaron del antiguo Fonatur al sector coordinado por la Secretaría de Marina (SEMAR) para fortalecer la seguridad portuaria, el cabotaje y el desarrollo náutico nacional:

1. Marina Cozumel Quintana Roo (Jurisdicción de la Séptima Región Naval en el Caribe Mexicano).
2. Marina Guaymas Sonora ( Corredor estratégico del Mar de Cortés y modernización portuaria ASIPONA).
3. Marina San Blas Nayarit (Punto histórico naval del Pacífico y conexión con Islas Marías).
4. Marina Santa Rosalía Baja California Sur (Ruta de escalas náuticas del Golfo de California).
5. Marina Chahué / Huatulco Oaxaca (Litoral Pacífico Sur, vinculada a la Octava Región Naval y Corredor Interoceánico).

Para consultar la división territorial militar completa (las 8 Regiones Navales y sus sedes), revisa también nuestra guía de Regiones y Zonas Navales 2026 y el papel de la Autoridad Marítima Nacional (UNICAPAM).

3. Preguntas Oficiales de Examen de Cultura Naval SEMAR sobre CONVEMAR

Reactivo Tipo Ascenso SEMAR

¿Cuál es la anchura máxima del Mar Territorial y desde dónde se mide?

Respuesta: Hasta un límite que no exceda de 12 millas náuticas medidas a partir de las líneas de base determinadas conforme a la CONVEMAR (Art. 3).

Reactivo Tipo Ascenso SEMAR

¿Qué facultades ejerce el Estado ribereño en la Zona Contigua (hasta 24 millas náuticas)?

Respuesta: Prevenir y sancionar infracciones a sus leyes y reglamentos aduaneros, fiscales, de inmigración o sanitarios cometidas en su territorio o mar territorial (Art. 33 CONVEMAR).

Reactivo Tipo Ascenso SEMAR

¿Qué jurista mexicano destacó en la creación de la figura patrimonial de la Zona Económica Exclusiva de 200 millas?

Respuesta: El embajador y canciller mexicano Jorge Castañeda y Álvarez de la Rosa, impulsor clave en la III Conferencia de la ONU sobre el Derecho del Mar.

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